Práctica 9: IES Pinar de la Rubia, aka El pinarillo
El Instituto Pinar de la Rubia fue el instituto donde cursé desde segundo de ESO hasta segundo de bachillerato. Hubiera estudiado también primero de ESO, pero es que no existía por aquel entonces. Fui de las últimas promociones de la EGB, así que permanecí durante más tiempo en el colegio, hasta séptimo de EGB, pasando después directamente al instituto, a segundo de ESO. Pero en el Pinar de la Rubia no hay mucho problema: el colegio de infantil, el de primaria y el instituto se encuentran en el mismo recinto, un pinar. El colegio es el Alonso Berruguete, donde cursé desde quinto a séptimo de EGB. Tengo muy pocos recuerdos de esa época, no sé muy bien por qué, pero la recuerdo como bastante feliz. El entorno ayudaba mucho, no hay muchos centros educativos en Valladolid que estén rodeados por un enorme pinar. Casi tres hectáreas. Quizá no era tan grande, pero a mí me lo parecía.
Su proyecto educativo incluye objetivos académicos y objetivos cívicos. Entre los académicos se incluyen la "transmisión y asimilación crítica de ciencia y cultura de nuestra sociedad", "formación sólida en todas las materias", "capacitar para la búsqueda, procesamiento y uso de la información" o "ser abierto y en comunicación con la sociedad". Parece muy razonable, sobre todo lo de la comprensión y uso de la información y la asimilación crítica. Se parece a nuestra definición de educación para nuestro IES Concha Velasco.
En lo que respecta a los objetivos cívicos, habla de la transmisión de valores cívicos, respeto a los valores democráticos, derechos y libertades, tolerancia y solidaridad, y clima de respeto y responsabilidad, comunicación y diálogo. Pues la verdad es que suena todo bastante bien. Aunque imagino que será muy similar en otros institutos públicos. Me parece positivo absolutamente todo lo que dicen.
No es fácil confrontar estos principios con el Régimen Interno del centro, ya que su mayor parte son atribuciones de profesores, tutores, comisiones y organización general del centro. Por eso me he centrado sobre todo en ver cuáles son las atribuciones de los alumnos. Se indica de manera específica que los alumnos tienen derecho a una formación integral, a ser tratados con respeto y derecho a ser evaluado objetivamente. Tienen además el derecho a participar en la vida del centro y derecho a la protección social - sistema de becas, apoyos o cualquier otro tipo de ayuda para alumnos con circunstancias socioeconómicas, personales o familiares crónicas o sobrevenidas y que requieran de ayuda específica -. Pero también tienen deberes, generales, que se concretan en varios puntos tales como: puntualidad y cumplimiento de horarios, tratar con respeto al profesorado, traer material de trabajo, respetar la libertad de conciencia y religión de cualquier miembro de la comunidad educativa, no discriminación por ningún motivo, o respetar el centro. En principio no creo que haya ninguna contradicción.
Más adelante se citan las normas de convivencia. No se permite: dar gritos o correr por los pasillos, jugar a las cartas "o similares", consumir bebidas alcohólicas, comer beber o mascar chicle en el aula, jugar con balones en aulas o pasillos, vestir acorde a un centro educativo, usar cualquier aparato electrónico en las instalaciones, grabar o tomar imágenes sin autorización. Si se incumple cualquiera de estas normas será sancionado. Se pueden sancionar acciones realizadas en el centro escolar o bien aquellas que se realicen fuera del centro escolar pero afecte al centro o sus alumnos. En cualquier caso hay una comisión de convivencia que supervisará estos procesos.
Hay dos cosas que me rechinan un poco al no estar suficientemente motivadas. La primera es la jugar a cartas o "similares". No indica que sea en las aulas o en las horas lectivas, que me parecería razonable. Entiendo que es en cualquier momento en el instituto. No sé de dónde viene esa prohibición. La otra cosa que creo que puede ser conflictiva es "vestir acorde a un centro educativo". Creo que la ambigüedad de la frase puede crear problemas y dejar a la percepción o moral de un profesor algo que bien puede ser objetivamente normal: ¿es aceptable llevar shorts en junio? ¿Es aceptable enseñar un poco el ombligo? ¿Es aceptable no llevar sujetador?. Pues puede ser perfectamente aceptable. Sin más directrices puede ser problemático. La vestimenta es algo muy importante para un adolescente. ¿Qué se hace en esos casos? ¿Mandar al estudiante a casa a cambiarse? ¿Un centro puede enviar solo a casa a un menor en horas escolares? ¿Llamar a su casa a que le traigan otra ropa? No sé.
El resto del reglamento habla de las asistencias, la posibilidad de salir o no del centro según su edad, qué material se puede llevar o no a clase etc. Y por último habla sobre las sanciones. Que deben ser correctoras y educativas. Cómo puede ser educativa una sanción por una falta relacionada con la vestimenta. Es además un tema especialmente sensible últimamente. No creo que salga bien en ningún caso. La longitud del tema de las sanciones, atenuantes, etc. me hace pensar que es un documento ad hoc para sancionar cada una de las situaciones que han surgido en los años del instituto, para intentar no dejar nada fuera. Ocupa páginas y páginas. Supongo que es para cubrirse las espaldas en caso de que ocurra algo grave y para poder presentar toda esa documentación ante padres o alumnos que protesten si no les parece justa la sanción. Sorprende que haya tantas páginas para un instituto que no ha tenido nunca demasiada conflictividad.
Su proyecto educativo incluye objetivos académicos y objetivos cívicos. Entre los académicos se incluyen la "transmisión y asimilación crítica de ciencia y cultura de nuestra sociedad", "formación sólida en todas las materias", "capacitar para la búsqueda, procesamiento y uso de la información" o "ser abierto y en comunicación con la sociedad". Parece muy razonable, sobre todo lo de la comprensión y uso de la información y la asimilación crítica. Se parece a nuestra definición de educación para nuestro IES Concha Velasco.
En lo que respecta a los objetivos cívicos, habla de la transmisión de valores cívicos, respeto a los valores democráticos, derechos y libertades, tolerancia y solidaridad, y clima de respeto y responsabilidad, comunicación y diálogo. Pues la verdad es que suena todo bastante bien. Aunque imagino que será muy similar en otros institutos públicos. Me parece positivo absolutamente todo lo que dicen.
No es fácil confrontar estos principios con el Régimen Interno del centro, ya que su mayor parte son atribuciones de profesores, tutores, comisiones y organización general del centro. Por eso me he centrado sobre todo en ver cuáles son las atribuciones de los alumnos. Se indica de manera específica que los alumnos tienen derecho a una formación integral, a ser tratados con respeto y derecho a ser evaluado objetivamente. Tienen además el derecho a participar en la vida del centro y derecho a la protección social - sistema de becas, apoyos o cualquier otro tipo de ayuda para alumnos con circunstancias socioeconómicas, personales o familiares crónicas o sobrevenidas y que requieran de ayuda específica -. Pero también tienen deberes, generales, que se concretan en varios puntos tales como: puntualidad y cumplimiento de horarios, tratar con respeto al profesorado, traer material de trabajo, respetar la libertad de conciencia y religión de cualquier miembro de la comunidad educativa, no discriminación por ningún motivo, o respetar el centro. En principio no creo que haya ninguna contradicción.
Más adelante se citan las normas de convivencia. No se permite: dar gritos o correr por los pasillos, jugar a las cartas "o similares", consumir bebidas alcohólicas, comer beber o mascar chicle en el aula, jugar con balones en aulas o pasillos, vestir acorde a un centro educativo, usar cualquier aparato electrónico en las instalaciones, grabar o tomar imágenes sin autorización. Si se incumple cualquiera de estas normas será sancionado. Se pueden sancionar acciones realizadas en el centro escolar o bien aquellas que se realicen fuera del centro escolar pero afecte al centro o sus alumnos. En cualquier caso hay una comisión de convivencia que supervisará estos procesos.
Hay dos cosas que me rechinan un poco al no estar suficientemente motivadas. La primera es la jugar a cartas o "similares". No indica que sea en las aulas o en las horas lectivas, que me parecería razonable. Entiendo que es en cualquier momento en el instituto. No sé de dónde viene esa prohibición. La otra cosa que creo que puede ser conflictiva es "vestir acorde a un centro educativo". Creo que la ambigüedad de la frase puede crear problemas y dejar a la percepción o moral de un profesor algo que bien puede ser objetivamente normal: ¿es aceptable llevar shorts en junio? ¿Es aceptable enseñar un poco el ombligo? ¿Es aceptable no llevar sujetador?. Pues puede ser perfectamente aceptable. Sin más directrices puede ser problemático. La vestimenta es algo muy importante para un adolescente. ¿Qué se hace en esos casos? ¿Mandar al estudiante a casa a cambiarse? ¿Un centro puede enviar solo a casa a un menor en horas escolares? ¿Llamar a su casa a que le traigan otra ropa? No sé.
El resto del reglamento habla de las asistencias, la posibilidad de salir o no del centro según su edad, qué material se puede llevar o no a clase etc. Y por último habla sobre las sanciones. Que deben ser correctoras y educativas. Cómo puede ser educativa una sanción por una falta relacionada con la vestimenta. Es además un tema especialmente sensible últimamente. No creo que salga bien en ningún caso. La longitud del tema de las sanciones, atenuantes, etc. me hace pensar que es un documento ad hoc para sancionar cada una de las situaciones que han surgido en los años del instituto, para intentar no dejar nada fuera. Ocupa páginas y páginas. Supongo que es para cubrirse las espaldas en caso de que ocurra algo grave y para poder presentar toda esa documentación ante padres o alumnos que protesten si no les parece justa la sanción. Sorprende que haya tantas páginas para un instituto que no ha tenido nunca demasiada conflictividad.
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